Conozca sus derechos de voto

Antes de ingresar a la cabina de votación, conozca sus derechos. 

¿Puedo votar por correo? 

Cualquier votante registrado en Nueva Jersey puede votar por correo en lugar de en persona en las urnas, pero primero debe solicitar una boleta de voto por correo. Puede obtener una solicitud para votar por correo en la oficina del secretario de su condado o en línea. Envíe por correo el formulario de solicitud rellenado para que llegue, al menos, siete días antes de las elecciones, o bien, entrégueselo en persona al secretario de su condado antes de las 3 p. m. el día anterior a las elecciones. 

Una vez que haya solicitado y recibido una boleta de voto por correo, puede devolverla mediante una de estas tres maneras: por correo (con matasellos del día de las elecciones), a través de un buzón (depositada antes de las 8 p. m. el día de las elecciones) o en persona en la oficina de la Junta Electoral de su condado (antes de las 8 p. m. el día de las elecciones). Puede seguir el progreso de su boleta en línea.   

¿Dónde me toca ir a votar? 

El lugar al que le toca ir a votar está indicado en su boleta de muestra, que recibirá por correo. También puede llamar a la oficina electoral de su condado para preguntar dónde debe votar o visitar el localizador de centros de votación en línea de Nueva Jersey. No olvide verificar el estado de su registro.

¿Tengo que mostrar una identificación el día de las elecciones? 

Si es la primera vez que vota y se registró por correo, es posible que deba proporcionar una identificación en las urnas. Con el formulario de registro de votantes se exige a los solicitantes de registro que proporcionen un número de licencia de conducir, un número de identificación de no conductor o los últimos cuatro dígitos de un número de Seguro Social. Si se registró por correo y no proporcionó uno de esos números en el formulario, deberá mostrar una identificación antes de votar. Las identificaciones aceptables incluyen una identificación con foto actual y válida (p. ej., licencia de conducir de Nueva Jersey, identificación militar o emitida por el gobierno, identificación de estudiante o trabajo, tarjeta de membresía de una tienda, pasaporte de los EE. UU.) o cualquier documento actual con su nombre y dirección (p. ej., un estado de cuenta bancario, cheque de pago, recibo de alquiler, boleta de muestra, factura de servicios públicos, cheque emitido por el gobierno, registro de automóvil, licencia de conducir sin fotografía o cualquier otro documento oficial). 

¿El lugar donde me tocar votar es accesible para votantes con discapacidades? 

Se requiere que todas las urnas y máquinas de votación sean accesibles. Si el suyo no lo es, llame a nuestra línea directa 866-OUR-VOTE (866-687-8683) para informar el problema. También puede informar de estos problemas de accesibilidad al Estado en línea.  

¿Cómo sé si la máquina contabilizó mi voto? 

Si no está seguro de si se contabilizó su voto, pídale ayuda a un trabajador electoral. 

Tiene derecho a votar el día de las elecciones si se cumple lo siguiente: 

Puede registrarse para votar si cumple con lo siguiente: 

  • Es ciudadano estadounidense, tendrá al menos 18 años el día de las elecciones y ha sido residente de un condado de Nueva Jersey durante al menos 30 días antes de las elecciones. 
  • Un tribunal no ha determinado específicamente que usted carezca de la capacidad mental para comprender el acto de votar. 
    • Alguien a quien se le ha asignado un tutor legal o se le ha internado en un hospital psiquiátrico aún puede ejercer el derecho de voto, a menos que se le haya revocado específicamente. 
  • No está en prisión por una condena de un delito grave (“delito procesable”).  
    • Si está cumpliendo una condena por un delito menor o un asunto civil, aún puede votar. Tiene derecho a registrarse y votar desde la cárcel usando una boleta por correo. Si perdió sus derechos de voto por una condena de un delito grave, su derecho a votar se restablece una vez que complete su sentencia. Debe volver a registrarse para votar, incluso si estaba registrado antes de su condena. 

Declaración de derechos de los votantes de NJ el día de las elecciones 

  • Derecho a votar sin intimidación, amenazas, coerción ni interferencia. 
  • Derecho a traer a sus hijos a la cabina de votación con usted. 
  • Derecho a presentar una queja por escrito firmada o anónima en su lugar de votación o por correo, teléfono o en línea si no está satisfecho con la forma en que se está llevando a cabo la elección. 
  • Derecho a llevar a alguien de su elección a la cabina de votación para que lo ayude a votar si no puede leer ni escribir en inglés o si tiene una discapacidad. También puede solicitar asistencia especial del trabajador electoral. 
  • Derecho a votar con una boleta de papel de emergencia si las máquinas no funcionan bien. Las boletas de emergencia se contabilizan automáticamente. 
  • Derecho a recibir una boleta provisional si no se le permite votar en una máquina o con una boleta de emergencia. La boleta debe tener instrucciones escritas, incluso cómo saber si se contabilizó. El condado debe verificar su elegibilidad para votar antes de que se contabilice su boleta provisional. 
  • Derecho a votar con su nombre original si cambió su nombre desde que se registró para votar. 
  • Derecho a pedir ayuda a un trabajador electoral. 

Problemas de votación en las urnas 

Si su lugar de votación no está abierto cuando llegue, llame a nuestra línea directa al 866-OUR-VOTE (866-687-8683) o a la División de Elecciones (Division of Elections) al 1-877-NJ-VOTER (1-877-658-6837) para alertar a los funcionarios del problema. Las urnas están abiertas de 6 a. m. a 8 p. m. Si su derecho a votar es desafiado por un reclamante oficial, pídale al trabajador electoral una declaración jurada, que usted firmará para confirmar su identidad o dirección. El trabajador le permitirá votar, ya sea en la máquina o mediante una boleta provisional.

Tiene derecho a votar por boleta provisional si se cumple lo siguiente: 

  • Cree que tiene derecho a votar, pero su nombre no está en la lista de votantes. 
  • Se ha mudado a un nuevo distrito dentro de su condado y no se ha registrado en su nueva dirección (puede votar provisionalmente en el distrito donde vive ahora).  
  • Se ha mudado a un nuevo condado dentro de los 30 días anteriores a la elección (puede votar provisionalmente en el último distrito en el que estaba registrado). No puede votar si se mudó al condado desde otro condado o a un estado diferente 31 días o más antes de la elección y no se ha registrado.  
  • Va a votar por primera vez y no proporcionó la forma de identificación aceptada cuando se registró para votar y no la trajo el día de las elecciones. Debe traer una identificación aceptable a la oficina del condado correspondiente dentro de las 48 horas posteriores a la votación para que se cuente su boleta provisional. Los trabajadores electorales deben entregarle un formulario en el que se indica dónde se encuentra la oficina para llevar su identificación. 
  • Solicitó una boleta por correo, pero no la recibió a tiempo. 

Si no se le permite votar o si cree que se le obligó a votar por error en una boleta provisional cuando tiene derecho a votar en la máquina, tiene derecho a presentar su caso ante un juez electoral el día de las elecciones, quien determinará su elegibilidad para votar. Si tiene la intención de comparecer ante un juez electoral, llame a nuestra línea directa para votantes al 866-OUR-VOTE (866-687-8683) para obtener ayuda.